jueves, 27 de agosto de 2015

Vuelos sobre Ordesa

La reciente polémica generada en el Parque Nacional, tras el aterrizaje sin autorización de un helicóptero en la Pradera de Ordesa, nos anima a explicar cómo se encuentra en la actualidad, la normativa de vuelo en el interior del espacio protegido. Como es evidente, está terminantemente prohibido el sobrevuelo de aeronaves a una altitud inferior a los 1.000 mtrs desde la vertical del suelo. Esta medida obliga a que la mayor parte de los aviones que atraviesan el Pirineo por la zona central, lo hagan sobre los 4.400 mtrs, dado que Monte Perdido con sus 3.355 mtrs impone su altura sobre esta normativa. También está prohibida la utilización de globos, cometas, parapentes, alas delta, aeromodelos, hélices voladoras y los recientes y populares drones. Respecto a estos últimos, se ha concedido algún permiso para la toma de imágenes del gran valle de Ordesa desde lo alto, algo muy atractivo desde el punto de vista turístico. Aeródromos cercanos como Ainsa o Santa Cilia, ofrecen vuelos cercanos con o sin motor que rozan los límites del Parque Nacional y que, especialmente en verano, son fáciles de observar desde Torla. Claro que toda normativa tiene sus excepciones: - La primera, por supuesto, se establece ante la necesidad de dar cobertura a los rescates en alta montaña. Los accidentes en el seno del Monte Perdido son una triste realidad y las obligadas operaciones de salvamento, precisan de la asistencia de helicópteros. Gracias a ellos, es posible el rápido transporte de los miembros del GREIM y una rápida evacuación de heridos. - La segunda es, previa autorización de la Dirección del Parque Nacional, el uso de aparatos para uso científico. De hecho, parece que el helicóptero protagonista del incidente acaecido en julio, gozaba de permiso para sobrevolar y estudiar el glaciar del Taillón, pero no para hacerlo sobre Ordesa y mucho menos, para aterrizar en su seno. Pero… ¿por qué esta prohibición? Evidentemente la contaminación acústica y visual que estos aparatos generan, afectan a la correcta conservación del Parque Nacional. En los años 80, los F18 de la base de Zaragoza, tomaban a hombría el atravesar el valle. Imaginen por un momento, el estampido que sus motores generaban. Imaginen el stress que provocaba en la fauna local y las molestias para las poblaciones que vivimos bajo la sombra de Ordesa. Además, este tipo de actividad, puede perturbar a dicha fauna local en pleno periodo de cría, provocando el abandono de la misma por parte de las madres o incluso los accidentes por choque de la avifauna local que, en el caso de especies emblemáticas o escasas como el quebrantahuesos, el alimoche o el buitre negro, puede tener consecuencias nefastas. La reciente y aciaga modificación en la normativa de Parques Nacionales fomentada por el ministerio de medio ambiente regido por el señor Cañete, pretendía fomentar las actividades turísticas relacionadas con el vuelo, permitiendo entre otras cuestionables iniciativas, el vuelo a motor sobre los 3.000 mtrs. Alguien tuvo que explicarle al ministro, que Ordesa, sobrepasa sobradamente esa altura para que, finalmente, se retirara esta polémica modificación. Y es que puestos a legislar sobre algo, lo mejor antes de hacerlo, es ilustrarse un poco.